Reglamento Intercambio Esquí Alpino – CAU – ECPCGR
Andorra
Versión 2.0. noviembre 2018.
Definición de Vacantes para el Viaje de Pretemporada a ANDORRA:
Este reglamento establece el procedimiento en detalle para la elección de los corredores de esquí alpino, para cubrir las vacantes al viaje de pretemporada en la segunda etapa del mismo a Andorra (Casa Grau Roig)
EL CFD será la responsable de mantener actualizado este reglamento, en base a las modificaciones que crea necesario y será aprobado en reuniones del mismo.
1. Las Vacantes:
Es importante destacar, en cuanto a este punto, que a diferencia del Intercambio con Francia el presente se basa en el alojamiento en “casas de familia”, siendo dicha circunstancia prioritaria para la factibilidad del mismo, teniendo en miras que este intercambio no se aplican los criterios del ranking, establecidos para Courchevel.
Así se repartirán hasta un máximo de plazas dependiendo de la cantidad de atletas Andorranos que nos hayan visitado en la temporada en curso, (en 2018 fueron 14 atletas), teniendo el atleta que cumplir con los siguientes requisitos:
2. Requisitos Administrativos y Deportivos para todos los atletas:
2.1 Haber alojado en casa de la familia a un atleta del Club de Andorra (Casa Grau Roig), en la temporada inmediatamente anterior a utilizar la vacante. En ello la cantidad de atletas a alojar por cada familia, dependerá directamente de las plazas que estas vayan a utilizar en el presente intercambio.
En casos debidamente fundados que serán evaluados por el Director Deportivo y la Subcomisión de Esquí Alpino (distancia del domicilio de la familia alojante con la ciudad de Ushuaia u otros motivos debidamente justificados) soliciten utilizar una vacante disponible para su hijo/a, deberán conseguir una familia sustituta en esta ciudad, que cumpla con este requisito de alojamiento del atleta Andorrano y no vaya a utilizar para si dicha vacante. Esta circunstancia deberá ser informada con la debida antelación a la Subcomision y al Director Deportivo, para así organizar el listado de familias que van a alojar a los atletas Andorranos.
Asimismo y sólo para el caso de exceder la cantidad de atletas Andorranos que fueron alojados en relación a las vacantes a utilizar, y existan familias interesadas que no lo han hecho, además de analizarse su procedencia en cada caso, se fijara por parte del Director Deportivo y la Subcomision de Esquí Alpino, un canon, determinado en base a los costos erogados por las familias que sí cumplieron, con el alojamiento del atleta Andorrano requerido.
2.2 Haber participado durante la última temporada previa a la pre-temporada un mínimo de 4 (cuatro) competencias FASA y/o FIS. Cuentan para este cálculo aquellas en las que el atleta haya estado presente y las mismas hayan sido suspendidas. También se pueden incluir en el presente, en el caso de no alcanzar a cubrir los cupos para la misma, a los atletas que hayan participado de al menos 2 (dos) competencias – no puntuadas - organizadas por los distintos Clubes Federados, como lo son las carreras de Infantiles, fuera del calendario de FASA y con una asistencia superior al 75% durante la temporada vigente.
2.3 Firmar el compromiso deportivo para la temporada siguiente en la cual se desarrollará la pre-temporada en Andorra, de manera tal que el atleta tenga continuidad deportiva para él y con el club. El atleta deberá integrar el CFD desde donde se pautará el entrenamiento y seguimiento para lograr el máximo rendimiento. Dicho compromiso se deberá firmar en la sede del club entre el “1 y el 31 de octubre” del año anterior, siendo esto 2 meses antes del intercambio.
Por otra parte, en caso del atleta haya participado de la pre-temporada y no prosiga con el club la temporada siguiente – en base al compromiso deportivo firmado - ello por motivos objetivamente injustificados; deberá abonar un valor equivalente al 25% de la tarifa establecida para la Escuela de esa temporada.
2.4 Cumplir con los parámetros de entrenamiento establecidos por el CFD para la pre-temporada donde se aplica la plaza a cubrir. (ver Anexo: Compromiso Físico).
2.5 No tener sanciones disciplinarias de la temporada inmediata anterior ni de la temporada en la cual se aplica el intercambio.
3. Régimen de Prioridades: Para establecer la prelación en el orden de otorgamiento de la vacante se tendrá en cuenta la categoría de los interesados (U16, U14 y U12 último año o suficiente “Autonomía y nivel técnico” según evaluación del Director Deportivo), junto ello al cumplimiento de los requisitos anteriormente enumerados en el punto 2, y así se confeccionará por parte del Director Deportivo la lista respectiva.
4. Confirmación de la Vacante
4.1 Luego de individualizadas y determinadas las familias que alojaran a los Andorranos, en las fechas pactadas para ello, en base al sistema de prioridades establecido por categoría, el Director Deportivo convocará a los atletas que hayan cumplido con los requisitos descriptos en el punto 2, a los efectos de invitarlos a participar de la gira del año próximo. Los lugares, se asegurarán previo depósito en sede del club de la suma que el CFD entienda pertinente y dicha suma no tendrá reintegro, salvo el caso de que dicha plaza sea ocupada por otro atleta.
4.2 En el caso de no existir suficiente cantidad de atletas que cumplan con los requisitos expuestos para el confeccionado de la lista, el Director Deportivo y los Entrenadores de la Escuela de Competición deberán confeccionar una lista suplementaria firmado en UNANIMIDAD para cubrir las vacantes disponibles.
4.3 Aquellos atletas que fueren convocados y que por algún motivo – que no sea una lesión - resignen su participación en la pre-temporada su puesto será cubierto por el siguiente inmediato en base al sistema de requisitos y prioridades expuesto, perdiendo automáticamente los privilegios otorgados por el Club como ser préstamo de materiales, beca de escuela, etc. vigentes.
4.4 La Subcomisión de Esquí Alpino, junto al Director Deportivo evaluaran aquellos deportistas que hayan debidamente certificado una lesión con certificado ante la F.A.S.A. y no les permitiera competir durante la temporada, la mantención de estatus por 12 meses calendario y permitirle participar de la gira de pretemporada si obtiene el alta médica.
4.5 En el mes de octubre la Sub Comisión de esquí junto al Director Deportivo informaran el listado final de atletas que participarán del viaje de pre-temporada, asi como los montos a abonar tanto en concepto de pasaje como de los diferentes gastos de la gira, salvo que se hayan bloqueado los mismos antes de esa fecha para así asegurar las tarifas y los gastos respectivos. En este sentido en caso de que el Club Andino haya bloqueado las reservas aéreas respectivas, en base a los atletas que van a participar de la gira, los mismos deberán viajar con las mismas dentro el o los grupo/s que se organicen al efecto.
4.6 Para poder participar del intercambio con Andorra, el atleta deberá encontrarse en situación regular, cuota social al día y sin ningún tipo de deuda con la entidad.
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