Reglamento atletas satélites

Reglamento Atletas Satélites

Se entiende por ATLETA SATÉLITE (A.S.) a aquellos atletas que siendo socios del CAU, no participan en las escuelas deportivas del mismo, pero aun así compiten a nivel nacional e internacional en nombre de nuestra institución.

Este reglamento establece las condiciones y responsabilidades para la participación de estos atletas en competiciones oficiales.

1. Definición y Procedimientos Básicos

  • Inscripción obligatoria: Todo A.S. deberá cursar su inscripción en eventos por medio del Club Andino Ushuaia.
  • Responsabilidad del club: El CAU es responsable de la inscripción y consecuentemente del desempeño en las competencias.
  • Análisis individual: La Comisión Directiva analizará cada caso individualmente para evitar altas de socios que sólo buscan federarse sin integrarse a la institución.

2. Requisitos de Seguros y Documentación

  • Seguro de viajes: Presentar seguro anual válido nacional e internacional por mínimo USD 60,000, además del seguro deportivo de federación.
  • Certificado médico: Presentar certificado de apto médico anual para la práctica deportiva.
  • Plan de entrenamiento: Presentar plan de entrenamiento y certificar idoneidad para competir en cualquier disciplina.

3. Limitaciones en Competencias y Recursos

  • Prioridad en plazas: No tendrán prioridad en asignación de plazas para competencias nacionales con cupo, salvo disposición de la Subcomisión o Comisión Directiva.
  • Intercambios deportivos: No tendrán derecho a utilizar plazas en intercambios deportivos.
  • Material del club: No podrán utilizar material del club ni espacios reservados a equipos de competición, salvo en delegaciones oficiales.
  • Espacios de entrenamiento: El uso queda a discreción absoluta de entrenadores y/o directivos del CAU.

4. Aspectos Económicos

  • Sin ayuda económica: No tendrán derecho a percibir ayuda económica de la institución ni a solicitarla en su nombre a organismos oficiales o privados.
  • Sponsors privados: Podrán gestionar sponsors privados en su nombre personal.
  • Costos de participación: Deberán cubrir todos los costos de organización: inscripciones, membresías, depósitos de garantía, pecheras, etc.
  • Sanciones económicas: Se harán cargo de apercibimientos, sanciones económicas y reclamos que devengan de mal comportamiento.

5. Representación y Supervisión

  • Jefe de equipo: En delegaciones con A.S., el jefe de equipo será designado por la autoridad de aplicación del CAU.
  • Menores de 21 años: Serán representados por entrenadores designados por la subcomisión de cada disciplina en reuniones de capitanes.
  • Costos de supervisión: El A.S. debe participar del prorrateo de honorarios y viáticos del entrenador designado cuando requiera asistencia o monitoreo.

6. Conducta y Responsabilidades

  • Representación institucional: Todo A.S. deberá velar por el buen nombre del CAU durante competiciones y reuniones oficiales.
  • Comité de disciplina: El mal comportamiento o conductas improcedentes serán causa de evaluación y posible sanción por el comité de disciplina del CAU.
  • Responsabilidad civil: Serán responsables de cualquier reclamo económico o no económico que derive de su comportamiento inadecuado.

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